Sección 1 – Planifica tu GDU desde el punto de vista jurídico
a cargo del Departamento de Ciencias Jurídicas, Universidad de Florencia
Erik Longo y Valentina Pagnanelli
1.1 Premisa
Los Gemelos Digitales Urbanos (GDU) son representaciones digitales de activos físicos, procesos y sistemas de la ciudad. Integran datos, modelos analíticos, simulaciones y, cuando está previsto, técnicas de aprendizaje automático para describir, monitorizar y actualizar dinámicamente fenómenos urbanos como la movilidad, el medio ambiente, los servicios públicos locales y la planificación territorial.
Para un ayuntamiento, sin embargo, el GDU no es solo una plataforma tecnológica. Es una infraestructura pública digital que puede incidir en la organización administrativa, en la prestación de los servicios, en las decisiones de gobierno del territorio y, en algunos casos, en los derechos y las libertades de las personas. Por este motivo, su diseño debe ir acompañado desde el principio de una planificación jurídica clara.
El presente texto se dirige a los sujetos públicos, en particular a los ayuntamientos, a las redes de ciudades de la red UISH y a otros sujetos que pretendan planificar, realizar o gestionar un GDU. El objetivo es ofrecer una pauta de trabajo para plantear correctamente el proyecto desde el punto de vista jurídico-administrativo, organizativo y documental.
El recorrido propuesto se articula en dos partes:
- cinco principios rectores, que deben aplicarse a lo largo de todo el ciclo de vida del GDU;
- once fases operativas (de la Fase 0 a la Fase 10), cada una vinculada a actividades, actos y verificaciones que deben prepararse.
Para profundizar en el tratamiento de los datos personales, las tecnologías habilitadoras, la inteligencia artificial, las decisiones administrativas y la ciudadanía digital, se remite a las secciones 2 (ciudadanía digital), 4 (datos personales), 5 y 6 (inteligencia artificial y software) y 7 (decisiones administrativas) del presente Vademécum.
El presente texto debe utilizarse como guía transversal para el diseño jurídico de los demostradores UISH. Para cada caso de uso, la administración deberá verificar la base jurídica, los datos tratados, los roles de los sujetos implicados, los impactos sobre los derechos, los requisitos de seguridad, las obligaciones de transparencia y las modalidades de seguimiento.
Según el proyecto UISH, el GDU puede desarrollarse con una lógica modular, mediante la activación progresiva de ámbitos funcionales, territoriales o temáticos concretos. La administración podrá, por tanto, iniciar el proyecto a partir de uno o varios casos de uso prioritarios – por ejemplo, movilidad, medio ambiente, energía, servicios públicos o planificación urbana – y extender posteriormente la infraestructura a otros dominios de la ciudad. Además, hay que tener en cuenta que las valoraciones jurídicas varían según la capa: movilidad, medio ambiente, energía, seguridad, bienestar social, patrimonio cultural, residuos, etc.
Sobre la adopción de una estrategia para la implicación de los ciudadanos en el gemelo digital urbano, véase la sección 2, denominada «Implica al ciudadano, desarrolla procesos de participación digital y construye la smart community».
MENSAJE CLAVE DEL DOCUMENTO:
el GDU debe diseñarse como infraestructura pública digital, no como una simple adquisición tecnológica. La conformidad jurídica no debe verificarse solo al final, sino integrarse en el diseño, en la gobernanza y en el seguimiento del sistema.
1.2 Principios rectores para el desarrollo del GDU
En el diseño de un GDU, la administración municipal, las universidades, los centros de investigación, las sociedades participadas, los proveedores y los socios privados deben actuar conforme a cinco principios rectores. Estos no corresponden a fases aisladas: deben orientar todas las decisiones de diseño, técnicas y organizativas.
1.2.1 Encuadrar jurídicamente el proyecto
- Antes de poner en marcha el GDU, el ayuntamiento debe identificar el marco normativo aplicable y aclarar las finalidades públicas perseguidas.
- El proyecto debe evaluarse a la luz de la normativa en materia de protección de datos personales, ciberseguridad, accesibilidad, interoperabilidad, transparencia administrativa, propiedad intelectual, reutilización de los datos públicos y contratos públicos.
- El encuadre debe considerar tanto las fuentes vinculantes, como el RGPD, el Reglamento de IA, el Reglamento de Gobernanza de Datos, el Reglamento de Datos, la NIS2, el CAD, el Código de Contratos Públicos y la normativa sobre accesibilidad, como las directrices y los estándares técnicos de AgID, la ACN, la Autoridad italiana de protección de datos (Garante), el CEPD y los organismos de normalización.
- El resultado esperado es una base jurídica sólida, útil para prevenir solapamientos de competencias, usos indebidos de los datos e incertidumbres sobre las responsabilidades.
1.2.2 Definir responsabilidades y roles
- El GDU implica a distintos sujetos: administraciones, servicios municipales, organismos de investigación, proveedores, sociedades participadas y socios privados. Cada uno debe saber qué funciones desempeña y de qué actividades responde.
- El ayuntamiento debe distinguir entre responsabilidades estratégicas, operativas, técnicas, contractuales, de privacidad, de ciberseguridad y de control. Esta distinción debe constar en actos organizativos, acuerdos, convenios, contratos o políticas internas.
- Incluso cuando algunas actividades se encomiendan al exterior, la administración debe poder demostrar el respeto de los principios de legalidad, proporcionalidad, transparencia y buena administración.
- En los casos en que el GDU apoye decisiones públicas, deben preverse la supervisión humana, la trazabilidad de las valoraciones y el control democrático.
1.2.3 Gobernar los datos de forma consciente
- El dato es el recurso central del GDU. Datos incompletos, no actualizados o no fiables pueden generar simulaciones erróneas y decisiones administrativas distorsionadas.
- El ayuntamiento debe regular la recogida, la integración, el acceso, el intercambio, la conservación, la actualización y la reutilización de los datos personales y no personales.
- Para los datos personales deben respetarse los principios de licitud, lealtad, transparencia, limitación de la finalidad, minimización, exactitud, limitación del plazo de conservación, seguridad y responsabilidad proactiva. En cuanto a la limitación del plazo de conservación (artículo 5, apartado 1, letra e), del RGPD), deben establecerse los plazos de conservación de las series históricas acumuladas por el gemelo, al término de los cuales los datos personales se suprimen o se anonimizan.
- Para todos los datos, también los no personales, deben definirse criterios de calidad, interoperabilidad, trazabilidad, seguridad, niveles de acceso y reglas de valorización en el interés público.
1.2.4 Equilibrar innovación y derechos fundamentales
- El GDU puede mejorar la eficiencia administrativa, la sostenibilidad urbana, la planificación territorial y la calidad de los servicios. Sin embargo, también puede generar riesgos para la privacidad, la no discriminación, el acceso equitativo a los servicios, la transparencia y la participación democrática.
- El proyecto debe seguir un enfoque centrado en el ser humano: la tecnología debe permanecer al servicio del interés público y ser compatible con los principios del Estado de derecho.
- Deben preverse evaluaciones de impacto, supervisión humana, auditorías, criterios de explicabilidad de los resultados algorítmicos y procedimientos para impugnar decisiones basadas, aunque sea solo en parte, en tratamientos automatizados.
- La confianza de los ciudadanos depende de la capacidad de la entidad para hacer comprensibles las finalidades, los datos utilizados, las lógicas de funcionamiento y las garantías adoptadas.
1.2.5 Diseñar el GDU como infraestructura en red
- El GDU no debería concebirse como un sistema cerrado de un solo ayuntamiento. En el marco del proyecto UISH y, más en general, en las experiencias europeas más maduras, el valor del GDU crece cuando puede interoperar con otros municipios, regiones, infraestructuras nacionales y plataformas europeas.
- La cooperación puede basarse en acuerdos entre administraciones públicas, convenios, uniones de municipios, sociedades in house, consorcios, protocolos de entendimiento o asociaciones de investigación e innovación.
- La forma jurídica elegida debe ser coherente con la gobernanza, la responsabilidad, la titularidad de los datos, la propiedad intelectual, la portabilidad y las reglas de salida de la red.
- Desde el diseño deben adoptarse estándares comunes: modelos de datos compartidos, ontologías, API documentadas, criterios de seguridad y procedimientos de interoperabilidad.
1.3 Fases operativas de desarrollo del GDU
Las fases siguientes no son rígidamente secuenciales. Algunas actividades deben iniciarse desde el principio y continuar durante todo el ciclo de vida del proyecto. La clasificación sirve para hacer más clara la programación del trabajo y de los actos administrativos.
1.3.1 Fase 0 - Inicio del proyecto y análisis preliminar
Esta fase sirve para legitimar el proyecto y para aclarar por qué la entidad quiere realizar el GDU. En este documento nos referiremos explícitamente al ayuntamiento como entidad, entendido como el sujeto que después constituye el GDU. Según lo previsto por el proyecto UISH, estas actividades deben diseñarse en colaboración con otros sujetos públicos.
La administración de la entidad debe verificar la sostenibilidad jurídica, técnica, organizativa y económica, con especial atención a los datos, la seguridad, la interoperabilidad y la coherencia con los instrumentos de planificación existentes.
1.3.1.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Formalizar el interés público perseguido por el GDU | Acto de orientación político-administrativa | Órgano político-administrativo |
Encuadrar el proyecto en las estrategias de la entidad | Acuerdo de encuadre estratégico | Junta de gobierno local/Pleno, según competencia |
Coordinar el GDU con los planes urbanísticos y sectoriales | Acto o estudio de articulación con los planes vigentes | Servicios de urbanismo, innovación, medio ambiente, movilidad |
Incluir el proyecto en los instrumentos de programación | Actualización del DUP, el PEG, el plan TIC u otros instrumentos pertinentes | Dirección general y servicios competentes |
Estimar los recursos económicos, técnicos y organizativos | Ficha de viabilidad preliminar | RUP/servicio de innovación/servicio financiero |
1.3.2 Fase 1 - Privacidad desde el diseño y protección de datos
La protección de los datos personales debe integrarse en el diseño del GDU, no añadirse en una fase posterior.
Para los tratamientos realizados por el ayuntamiento suele ser relevante el artículo 6, apartado 1, letra e), del RGPD, que debe vincularse a una fuente normativa o a un acto de la entidad que especifique finalidades, sujetos y categorías de datos.
1.3.2.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Mapear los tratamientos de datos personales | Registro o ficha de los tratamientos vinculados al GDU | Responsable del tratamiento con el DPD |
Implicar al DPD desde el inicio | Dictamen o acta de la implicación del DPD | DPD y servicios competentes |
Evaluar los riesgos y la necesidad de EIPD | EIPD o motivación documentada de su no necesidad | Responsable del tratamiento, DPD, responsables técnicos |
Identificar las bases jurídicas y las fuentes normativas | Ficha jurídica conforme al artículo 6 del RGPD | Servicio jurídico/de privacidad |
Formalizar los roles de privacidad | Acuerdos de corresponsabilidad, designaciones como encargado, instrucciones | Responsable del tratamiento y sujetos implicados |
1.3.3 Fase 2 - Decisiones automatizadas, algoritmo y supervisión humana
Cuando el GDU incide en permisos, ZTL, alertas, gestión del tráfico, tarifas u otros servicios, el ayuntamiento debe evitar decisiones opacas o íntegramente automatizadas.
Para los actos administrativos deben garantizarse la cognoscibilidad de la lógica, la no exclusividad de la decisión algorítmica y la no discriminación algorítmica.
1.3.3.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Mapear los resultados del GDU destinados a apoyar decisiones | Catálogo de los resultados y de los procesos decisorios afectados | Servicios competentes con apoyo técnico-jurídico |
Distinguir los resultados informativos de los actos administrativos | Ficha de clasificación de los casos de uso | Servicio jurídico y unidad tramitadora |
Garantizar una intervención humana sustancial | Procedimiento con un funcionario responsable in the loop | Directivo competente |
Hacer cognoscible la lógica utilizada | Documentación técnica y motivación administrativa | Proveedor, RUP, unidad tramitadora |
Prever garantías e impugnabilidad | Procedimientos de revisión, acceso y recurso | Unidad tramitadora y servicio jurídico |
1.3.4 Fase 3 - Elección de las tecnologías y sistemas de IA
La elección tecnológica incide en la seguridad, la interoperabilidad, la transparencia y la responsabilidad de la entidad.
Muchos sistemas de IA integrados en un GDU pueden figurar entre los de alto riesgo, sobre todo cuando se utilizan como componentes de seguridad en la gestión y el funcionamiento de las infraestructuras digitales críticas, del tráfico rodado o del suministro de agua, gas, calefacción o electricidad (anexo III, punto 2, del Reglamento de IA) o para evaluar la admisibilidad para prestaciones y servicios públicos esenciales (anexo III, punto 5, letra a)). Para los sistemas del punto 2 no es obligatoria la evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales (FRIA) (artículo 27, apartado 1, del Reglamento de IA). Las obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo III se aplican a partir del 2 de diciembre de 2027 (véase el cuadro de las fechas de aplicación en la Sección 5, § 5.3). El ayuntamiento debe aclarar si actúa en calidad de responsable del despliegue y qué obligaciones se derivan de ello.
1.3.4.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Evaluar las tecnologías disponibles | Informe comparativo técnico y jurídico | RUP, servicios técnicos, jurídico |
Verificar si hay sistemas de IA | Ficha de calificación según el Reglamento de IA | Proveedor, RUP, servicio jurídico |
Clasificar el riesgo del sistema de IA | Identificación del papel de proveedor/responsable del despliegue y de las obligaciones | RUP y servicio jurídico |
Realizar la FRIA, si es necesaria | Evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales | Responsable del despliegue público con apoyo técnico-jurídico |
Definir los requisitos técnicos y funcionales | Pliego de prescripciones técnicas o documento de requisitos | RUP y servicios técnicos |
1.3.5 Fase 4 - Modelo de gobernanza
La gobernanza debe establecer quién decide, quién gestiona, quién controla y quién responde de cada componente del GDU.
El modelo puede ser centralizado, participativo, modular, intermunicipal o basado en la cooperación público-privada. La elección debe motivarse en relación con los objetivos de la entidad.
1.3.5.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Elegir el modelo de gobernanza | Documento de gobernanza del GDU | Órganos políticos y dirección administrativa |
Atribuir roles y responsabilidades | Matriz RACI o acto organizativo | Dirección general/directivos |
Adoptar actos organizativos internos | Resoluciones, órdenes de servicio, políticas | Directivos competentes |
Regular la gestión y el acceso a los datos | Reglamento o política de gobernanza de datos | Servicio de datos/innovación/jurídico |
Actualizar la programación TIC | Plan TIC actualizado | RTD y servicios competentes |
1.3.6 Fase 5 - Adquisición de tecnologías y servicios
La contratación pública es un punto estratégico: determina el grado de autonomía tecnológica del ayuntamiento y el control sobre el patrimonio informativo público.
El contrato debe regular la propiedad y la disponibilidad de los datos, los estándares abiertos, la portabilidad, la reversibilidad, la auditoría, el mantenimiento, la seguridad, la responsabilidad y la salida del servicio.
1.3.6.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Adoptar la resolución de contratar | Resolución con objeto, valor, objetivos y criterios | RUP/directivo |
Elegir el procedimiento de adjudicación | Documento de elección del procedimiento | RUP y servicio de contratación |
Definir los requisitos de interoperabilidad y seguridad | Pliego y especificaciones técnicas | Servicios técnicos y RTD |
Incluir cláusulas sobre datos, portabilidad y contra el lock-in | Modelo de contrato y SLA | Servicio de contratación/jurídico |
Seleccionar al proveedor | Adjudicación y contrato | Poder adjudicador |
1.3.7 Fase 6 - Regulación y valorización de los datos
El ayuntamiento debe tratar los datos urbanos como un patrimonio público estratégico.
La valorización de los datos debe equilibrarse con la protección de los datos personales, la seguridad, la confidencialidad, los secretos técnicos, los límites de acceso y el interés público.
1.3.7.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Definir el marco de gobernanza de datos | Documento o reglamento de gobernanza de datos | Servicio de datos/RTD/jurídico |
Establecer los niveles de acceso e intercambio | Política de accesos y autorizaciones | Responsable de datos y seguridad |
Definir las políticas de datos abiertos | Plan o política de datos abiertos | RTD y servicios competentes |
Regular las relaciones con terceros | Acuerdos, convenios, contratos o protocolos | Servicio jurídico/de contratación |
Verificar la calidad y la actualización de los datos | Procedimientos de calidad de los datos y de control de versiones | Responsables de los conjuntos de datos |
1.3.8 Fase 7 - Seguridad informática y gestión del riesgo
La seguridad no es un requisito accesorio: es condición de fiabilidad del GDU y de los servicios públicos que se apoyan en él.
Las medidas deben ser proporcionadas al riesgo y actualizarse periódicamente, teniendo en cuenta la NIS2, el Decreto Legislativo 138/2024, las indicaciones de la ACN, el perímetro nacional de ciberseguridad, la nube de la administración pública y el PSN cuando sean aplicables.
1.3.8.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Evaluar el riesgo cibernético | Evaluación del riesgo cibernético | Responsable de seguridad/RTD |
Adoptar medidas técnicas y organizativas | Plan de seguridad del GDU | Servicios TIC y prestador del servicio |
Definir procedimientos para incidentes y violaciones de datos | Plan de respuesta a incidentes y procedimiento ante violaciones de datos | TIC, DPD, ACN/Garante cuando sea necesario |
Verificar las obligaciones NIS2 y PSN | Ficha de conformidad normativa | Servicio jurídico y de seguridad |
Prever copias de seguridad, continuidad y recuperación ante desastres | Plan de continuidad operativa | TIC y prestador del servicio |
1.3.9 Fase 8 - Integración con la planificación urbana
El GDU debe apoyar, no sustituir, la planificación pública.
Las simulaciones digitales pueden mejorar la fase de instrucción, el seguimiento y la programación, pero deben vincularse a los instrumentos de planificación y a los procedimientos administrativos previstos por la ley.
1.3.9.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Coordinar el GDU con los planes urbanísticos y sectoriales | Estudio de articulación con planes y programas | Urbanismo, movilidad, medio ambiente, energía |
Evaluar los impactos territoriales y ambientales | Informe de impacto o evaluación específica | Servicios técnicos competentes |
Activar los procedimientos administrativos necesarios | Conferencias de servicios, dictámenes, autorizaciones | Unidad tramitadora |
Usar las simulaciones como apoyo a la instrucción | Informes y escenarios anexos a los actos | Servicios competentes |
1.3.10 Fase 9 - Transparencia, participación y rendición de cuentas
La transparencia sirve para hacer comprensibles las finalidades, las tecnologías, los datos y las responsabilidades del GDU.
La participación y la accesibilidad evitan que la innovación produzca exclusión o desconfianza. Los paneles, los cuadros de mando y los canales digitales deben respetar las reglas de accesibilidad y, cuando sea necesario, ir acompañados de modalidades no digitales.
1.3.10.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Publicar la información esencial sobre el proyecto | Sección específica en Administración Transparente o en el sitio institucional | Servicio de comunicación/transparencia |
Preparar cláusulas informativas de privacidad claras | Cláusulas informativas conforme a los artículos 12-14 del RGPD | Responsable del tratamiento y DPD |
Activar consultas públicas | Actas, informes, aportaciones de las partes interesadas | Servicios competentes |
Garantizar el acceso cívico y la accesibilidad | Procedimientos de acceso y verificaciones de accesibilidad | Responsable de transparencia/RTD |
Prever canales alternativos no digitales | Procedimientos para usuarios con menor alfabetización digital | Servicios de atención a la ciudadanía |
1.3.11 Fase 10 - Seguimiento, evaluación y actualización
El GDU es un sistema dinámico. Las normas, las tecnologías, los datos y las necesidades urbanas cambian: también las valoraciones jurídicas y organizativas deben actualizarse.
El seguimiento continuo no es solo un control de conformidad, sino también una herramienta de mejora progresiva y de rendición de cuentas ante los ciudadanos y los órganos políticos.
1.3.11.1 Lista de comprobación operativa
Actividad | Producto esperado | Responsable por identificar |
Definir KPI jurídicos, técnicos y organizativos | Conjunto de indicadores de rendimiento y conformidad | Dirección del proyecto |
Realizar auditorías periódicas | Informe de auditoría interna o externa | Órganos de control/servicios competentes |
Actualizar la EIPD, la FRIA y las evaluaciones de riesgo | Versiones actualizadas de las evaluaciones | DPD, RUP, seguridad, jurídico |
Informar a los órganos políticos | Informes periódicos sobre el estado del GDU | Directivos y dirección del proyecto |
Corregir los problemas detectados | Plan de mejora | Responsables de las acciones |
1.4 Indicaciones operativas transversales
Las fases descritas más arriba deben gestionarse de forma integrada. Muchas actividades, aunque se sitúen en una fase específica, deben iniciarse con antelación y continuar durante todo el ciclo de vida del GDU.
Los KPI, por ejemplo, no deben definirse solo en el momento del seguimiento: deben fijarse desde el diseño, para orientar objetivos, requisitos, elecciones tecnológicas y criterios de evaluación.
Lo mismo vale para la privacidad, la ciberseguridad, la gobernanza de los datos y la IA: las evaluaciones correspondientes deben actualizarse cada vez que cambien las finalidades, los conjuntos de datos, las tecnologías, los proveedores, los sujetos implicados o los impactos sobre los ciudadanos.
Se recomienda acompañar el presente Vademécum de un cronograma operativo, por ejemplo un diagrama de Gantt, que indique las fases, las dependencias, los responsables, los actos que deben producirse, los plazos y los momentos de verificación. El cronograma debería poner de manifiesto:
- relaciones entre fases y actividades;
- dependencias entre obligaciones jurídicas, técnicas y administrativas;
- distribución temporal de las actividades;
- sujetos responsables;
- puntos de control y actualización;
- documentos y actos que deben producirse.
1.5 Apéndice operativo: la caja de herramientas
El apéndice ofrece tres herramientas de trabajo para ayuntamientos, redes de ciudades y otros sujetos implicados: una lista de comprobación inicial de autoevaluación, un esquema mínimo de cronograma y un glosario normativo sintético. Las herramientas constituyen una pauta operativa y no sustituyen las valoraciones específicas de cada proyecto.
1.5.1 A. Lista de comprobación inicial de autoevaluación jurídica
Área | Pregunta de verificación | Resultado/acciones |
Interés público | ¿El GDU se ha motivado y formalizado en un acto de orientación político-administrativa? | Por completar |
Base jurídica de la privacidad | ¿Se han identificado la base jurídica conforme al artículo 6 del RGPD y la fuente normativa o el acto de la entidad que especifica finalidades, sujetos y datos? | Por completar |
Roles de privacidad | ¿Se han definido el responsable del tratamiento, los eventuales corresponsables, los encargados y las personas autorizadas? | Por completar |
EIPD y FRIA | ¿Se han planificado la EIPD y, si es necesario, la FRIA para los sistemas de IA de alto riesgo? | Por completar |
Decisiones algorítmicas | ¿Se garantizan la cognoscibilidad, la no exclusividad y la no discriminación para los resultados que apoyan decisiones administrativas? | Por completar |
Ciberseguridad | ¿Se han verificado las obligaciones NIS2/Decreto Legislativo 138/2024, las medidas de riesgo y los procedimientos de notificación? | Por completar |
Contratación pública | ¿El contrato regula los datos, la portabilidad, la salida, las medidas contra el lock-in, la auditoría, la seguridad y la responsabilidad sobre la IA? | Por completar |
Accesibilidad | ¿Los paneles y las interfaces respetan la Ley Stanca, la EAA y las directrices de AgID? ¿Se prevén canales alternativos? | Por completar |
Cooperación entre ayuntamientos | ¿Se han definido la forma jurídica de la cooperación y los estándares comunes? | Por completar |
Seguimiento | ¿Se prevén KPI, auditorías periódicas e informes a los órganos políticos? | Por completar |
1.5.2 B. Esquema mínimo de cronograma
Actividad | T1 | T2 | T3 | T4 |
Acto de orientación político-administrativa | X | |||
Implicación del DPD, mapeo de los tratamientos, EIPD | X | X | ||
Evaluación conforme al Reglamento de IA, FRIA, elección de tecnologías | X | X | ||
Modelo de gobernanza y actos organizativos | X | X | ||
Procedimiento de adjudicación y contrato | X | X | ||
Transparencia, participación y seguimiento | X | X |
1.5.3 C. Glosario normativo sintético
RGPD - Reglamento (UE) 2016/679 y Código en materia de protección de datos personales (Decreto Legislativo n.º 196/2003), adaptado por el Decreto Legislativo n.º 101/2018. Regulación del tratamiento de los datos personales, las bases jurídicas, los derechos de los interesados, la EIPD y las decisiones automatizadas.
Reglamento de IA - Reglamento (UE) 2024/1689. Clasifica los sistemas de IA por nivel de riesgo, distingue entre proveedor y responsable del despliegue y prevé obligaciones específicas para los sistemas de alto riesgo, incluida la FRIA cuando sea aplicable.
Reglamento de Gobernanza de Datos y Reglamento de Datos - Reglamentos (UE) 2022/868 y 2023/2854. Se refieren a la reutilización de los datos públicos protegidos, el intercambio, la portabilidad y el acceso a los datos en determinados contextos.
NIS2 - Directiva (UE) 2022/2555, transpuesta por el Decreto Legislativo n.º 138/2024. Refuerza las obligaciones de ciberseguridad para las administraciones públicas y las entidades esenciales o importantes.
CAD - Decreto Legislativo n.º 82/2005. Regulación de la administración digital, la interoperabilidad, la identidad digital, el domicilio digital, los datos públicos y la reutilización del software.
Algoritmo en la AP - Principios de cognoscibilidad, no exclusividad y no discriminación afirmados por la jurisprudencia administrativa y hoy relevantes también en la regulación de los contratos públicos.
Accesibilidad - Ley n.º 4/2004, Directiva (UE) 2016/2102, Directiva (UE) 2019/882 y directrices de AgID. Imponen la accesibilidad de sitios, aplicaciones, interfaces y servicios digitales públicos.
Esta página es una traducción del original italiano; en caso de discrepancia, prevalece el texto italiano.