UISH

Urban Intelligence Science Hub for City Network

Sección 1 – Planifica tu GDU desde el punto de vista jurídico

a cargo del Departamento de Ciencias Jurídicas, Universidad de Florencia

Erik Longo y Valentina Pagnanelli

1.1 Premisa

Los Gemelos Digitales Urbanos (GDU) son representaciones digitales de activos físicos, procesos y sistemas de la ciudad. Integran datos, modelos analíticos, simulaciones y, cuando está previsto, técnicas de aprendizaje automático para describir, monitorizar y actualizar dinámicamente fenómenos urbanos como la movilidad, el medio ambiente, los servicios públicos locales y la planificación territorial.

Para un ayuntamiento, sin embargo, el GDU no es solo una plataforma tecnológica. Es una infraestructura pública digital que puede incidir en la organización administrativa, en la prestación de los servicios, en las decisiones de gobierno del territorio y, en algunos casos, en los derechos y las libertades de las personas. Por este motivo, su diseño debe ir acompañado desde el principio de una planificación jurídica clara.

El presente texto se dirige a los sujetos públicos, en particular a los ayuntamientos, a las redes de ciudades de la red UISH y a otros sujetos que pretendan planificar, realizar o gestionar un GDU. El objetivo es ofrecer una pauta de trabajo para plantear correctamente el proyecto desde el punto de vista jurídico-administrativo, organizativo y documental.

El recorrido propuesto se articula en dos partes:

Para profundizar en el tratamiento de los datos personales, las tecnologías habilitadoras, la inteligencia artificial, las decisiones administrativas y la ciudadanía digital, se remite a las secciones 2 (ciudadanía digital), 4 (datos personales), 5 y 6 (inteligencia artificial y software) y 7 (decisiones administrativas) del presente Vademécum.

El presente texto debe utilizarse como guía transversal para el diseño jurídico de los demostradores UISH. Para cada caso de uso, la administración deberá verificar la base jurídica, los datos tratados, los roles de los sujetos implicados, los impactos sobre los derechos, los requisitos de seguridad, las obligaciones de transparencia y las modalidades de seguimiento.

Según el proyecto UISH, el GDU puede desarrollarse con una lógica modular, mediante la activación progresiva de ámbitos funcionales, territoriales o temáticos concretos. La administración podrá, por tanto, iniciar el proyecto a partir de uno o varios casos de uso prioritarios – por ejemplo, movilidad, medio ambiente, energía, servicios públicos o planificación urbana – y extender posteriormente la infraestructura a otros dominios de la ciudad. Además, hay que tener en cuenta que las valoraciones jurídicas varían según la capa: movilidad, medio ambiente, energía, seguridad, bienestar social, patrimonio cultural, residuos, etc.

Sobre la adopción de una estrategia para la implicación de los ciudadanos en el gemelo digital urbano, véase la sección 2, denominada «Implica al ciudadano, desarrolla procesos de participación digital y construye la smart community».

MENSAJE CLAVE DEL DOCUMENTO:
el GDU debe diseñarse como infraestructura pública digital, no como una simple adquisición tecnológica. La conformidad jurídica no debe verificarse solo al final, sino integrarse en el diseño, en la gobernanza y en el seguimiento del sistema.

1.2 Principios rectores para el desarrollo del GDU

En el diseño de un GDU, la administración municipal, las universidades, los centros de investigación, las sociedades participadas, los proveedores y los socios privados deben actuar conforme a cinco principios rectores. Estos no corresponden a fases aisladas: deben orientar todas las decisiones de diseño, técnicas y organizativas.

1.2.1 Encuadrar jurídicamente el proyecto

1.2.2 Definir responsabilidades y roles

1.2.3 Gobernar los datos de forma consciente

1.2.4 Equilibrar innovación y derechos fundamentales

1.2.5 Diseñar el GDU como infraestructura en red

1.3 Fases operativas de desarrollo del GDU

Las fases siguientes no son rígidamente secuenciales. Algunas actividades deben iniciarse desde el principio y continuar durante todo el ciclo de vida del proyecto. La clasificación sirve para hacer más clara la programación del trabajo y de los actos administrativos.

1.3.1 Fase 0 - Inicio del proyecto y análisis preliminar

Esta fase sirve para legitimar el proyecto y para aclarar por qué la entidad quiere realizar el GDU. En este documento nos referiremos explícitamente al ayuntamiento como entidad, entendido como el sujeto que después constituye el GDU. Según lo previsto por el proyecto UISH, estas actividades deben diseñarse en colaboración con otros sujetos públicos.

La administración de la entidad debe verificar la sostenibilidad jurídica, técnica, organizativa y económica, con especial atención a los datos, la seguridad, la interoperabilidad y la coherencia con los instrumentos de planificación existentes.

1.3.1.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Formalizar el interés público perseguido por el GDU
Acto de orientación político-administrativa
Órgano político-administrativo
Encuadrar el proyecto en las estrategias de la entidad
Acuerdo de encuadre estratégico
Junta de gobierno local/Pleno, según competencia
Coordinar el GDU con los planes urbanísticos y sectoriales
Acto o estudio de articulación con los planes vigentes
Servicios de urbanismo, innovación, medio ambiente, movilidad
Incluir el proyecto en los instrumentos de programación
Actualización del DUP, el PEG, el plan TIC u otros instrumentos pertinentes
Dirección general y servicios competentes
Estimar los recursos económicos, técnicos y organizativos
Ficha de viabilidad preliminar
RUP/servicio de innovación/servicio financiero

1.3.2 Fase 1 - Privacidad desde el diseño y protección de datos

La protección de los datos personales debe integrarse en el diseño del GDU, no añadirse en una fase posterior.

Para los tratamientos realizados por el ayuntamiento suele ser relevante el artículo 6, apartado 1, letra e), del RGPD, que debe vincularse a una fuente normativa o a un acto de la entidad que especifique finalidades, sujetos y categorías de datos.

1.3.2.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Mapear los tratamientos de datos personales
Registro o ficha de los tratamientos vinculados al GDU
Responsable del tratamiento con el DPD
Implicar al DPD desde el inicio
Dictamen o acta de la implicación del DPD
DPD y servicios competentes
Evaluar los riesgos y la necesidad de EIPD
EIPD o motivación documentada de su no necesidad
Responsable del tratamiento, DPD, responsables técnicos
Identificar las bases jurídicas y las fuentes normativas
Ficha jurídica conforme al artículo 6 del RGPD
Servicio jurídico/de privacidad
Formalizar los roles de privacidad
Acuerdos de corresponsabilidad, designaciones como encargado, instrucciones
Responsable del tratamiento y sujetos implicados

1.3.3 Fase 2 - Decisiones automatizadas, algoritmo y supervisión humana

Cuando el GDU incide en permisos, ZTL, alertas, gestión del tráfico, tarifas u otros servicios, el ayuntamiento debe evitar decisiones opacas o íntegramente automatizadas.

Para los actos administrativos deben garantizarse la cognoscibilidad de la lógica, la no exclusividad de la decisión algorítmica y la no discriminación algorítmica.

1.3.3.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Mapear los resultados del GDU destinados a apoyar decisiones
Catálogo de los resultados y de los procesos decisorios afectados
Servicios competentes con apoyo técnico-jurídico
Distinguir los resultados informativos de los actos administrativos
Ficha de clasificación de los casos de uso
Servicio jurídico y unidad tramitadora
Garantizar una intervención humana sustancial
Procedimiento con un funcionario responsable in the loop
Directivo competente
Hacer cognoscible la lógica utilizada
Documentación técnica y motivación administrativa
Proveedor, RUP, unidad tramitadora
Prever garantías e impugnabilidad
Procedimientos de revisión, acceso y recurso
Unidad tramitadora y servicio jurídico

1.3.4 Fase 3 - Elección de las tecnologías y sistemas de IA

La elección tecnológica incide en la seguridad, la interoperabilidad, la transparencia y la responsabilidad de la entidad.

Muchos sistemas de IA integrados en un GDU pueden figurar entre los de alto riesgo, sobre todo cuando se utilizan como componentes de seguridad en la gestión y el funcionamiento de las infraestructuras digitales críticas, del tráfico rodado o del suministro de agua, gas, calefacción o electricidad (anexo III, punto 2, del Reglamento de IA) o para evaluar la admisibilidad para prestaciones y servicios públicos esenciales (anexo III, punto 5, letra a)). Para los sistemas del punto 2 no es obligatoria la evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales (FRIA) (artículo 27, apartado 1, del Reglamento de IA). Las obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo III se aplican a partir del 2 de diciembre de 2027 (véase el cuadro de las fechas de aplicación en la Sección 5, § 5.3). El ayuntamiento debe aclarar si actúa en calidad de responsable del despliegue y qué obligaciones se derivan de ello.

1.3.4.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Evaluar las tecnologías disponibles
Informe comparativo técnico y jurídico
RUP, servicios técnicos, jurídico
Verificar si hay sistemas de IA
Ficha de calificación según el Reglamento de IA
Proveedor, RUP, servicio jurídico
Clasificar el riesgo del sistema de IA
Identificación del papel de proveedor/responsable del despliegue y de las obligaciones
RUP y servicio jurídico
Realizar la FRIA, si es necesaria
Evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales
Responsable del despliegue público con apoyo técnico-jurídico
Definir los requisitos técnicos y funcionales
Pliego de prescripciones técnicas o documento de requisitos
RUP y servicios técnicos

1.3.5 Fase 4 - Modelo de gobernanza

La gobernanza debe establecer quién decide, quién gestiona, quién controla y quién responde de cada componente del GDU.

El modelo puede ser centralizado, participativo, modular, intermunicipal o basado en la cooperación público-privada. La elección debe motivarse en relación con los objetivos de la entidad.

1.3.5.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Elegir el modelo de gobernanza
Documento de gobernanza del GDU
Órganos políticos y dirección administrativa
Atribuir roles y responsabilidades
Matriz RACI o acto organizativo
Dirección general/directivos
Adoptar actos organizativos internos
Resoluciones, órdenes de servicio, políticas
Directivos competentes
Regular la gestión y el acceso a los datos
Reglamento o política de gobernanza de datos
Servicio de datos/innovación/jurídico
Actualizar la programación TIC
Plan TIC actualizado
RTD y servicios competentes

1.3.6 Fase 5 - Adquisición de tecnologías y servicios

La contratación pública es un punto estratégico: determina el grado de autonomía tecnológica del ayuntamiento y el control sobre el patrimonio informativo público.

El contrato debe regular la propiedad y la disponibilidad de los datos, los estándares abiertos, la portabilidad, la reversibilidad, la auditoría, el mantenimiento, la seguridad, la responsabilidad y la salida del servicio.

1.3.6.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Adoptar la resolución de contratar
Resolución con objeto, valor, objetivos y criterios
RUP/directivo
Elegir el procedimiento de adjudicación
Documento de elección del procedimiento
RUP y servicio de contratación
Definir los requisitos de interoperabilidad y seguridad
Pliego y especificaciones técnicas
Servicios técnicos y RTD
Incluir cláusulas sobre datos, portabilidad y contra el lock-in
Modelo de contrato y SLA
Servicio de contratación/jurídico
Seleccionar al proveedor
Adjudicación y contrato
Poder adjudicador

1.3.7 Fase 6 - Regulación y valorización de los datos

El ayuntamiento debe tratar los datos urbanos como un patrimonio público estratégico.

La valorización de los datos debe equilibrarse con la protección de los datos personales, la seguridad, la confidencialidad, los secretos técnicos, los límites de acceso y el interés público.

1.3.7.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Definir el marco de gobernanza de datos
Documento o reglamento de gobernanza de datos
Servicio de datos/RTD/jurídico
Establecer los niveles de acceso e intercambio
Política de accesos y autorizaciones
Responsable de datos y seguridad
Definir las políticas de datos abiertos
Plan o política de datos abiertos
RTD y servicios competentes
Regular las relaciones con terceros
Acuerdos, convenios, contratos o protocolos
Servicio jurídico/de contratación
Verificar la calidad y la actualización de los datos
Procedimientos de calidad de los datos y de control de versiones
Responsables de los conjuntos de datos

1.3.8 Fase 7 - Seguridad informática y gestión del riesgo

La seguridad no es un requisito accesorio: es condición de fiabilidad del GDU y de los servicios públicos que se apoyan en él.

Las medidas deben ser proporcionadas al riesgo y actualizarse periódicamente, teniendo en cuenta la NIS2, el Decreto Legislativo 138/2024, las indicaciones de la ACN, el perímetro nacional de ciberseguridad, la nube de la administración pública y el PSN cuando sean aplicables.

1.3.8.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Evaluar el riesgo cibernético
Evaluación del riesgo cibernético
Responsable de seguridad/RTD
Adoptar medidas técnicas y organizativas
Plan de seguridad del GDU
Servicios TIC y prestador del servicio
Definir procedimientos para incidentes y violaciones de datos
Plan de respuesta a incidentes y procedimiento ante violaciones de datos
TIC, DPD, ACN/Garante cuando sea necesario
Verificar las obligaciones NIS2 y PSN
Ficha de conformidad normativa
Servicio jurídico y de seguridad
Prever copias de seguridad, continuidad y recuperación ante desastres
Plan de continuidad operativa
TIC y prestador del servicio

1.3.9 Fase 8 - Integración con la planificación urbana

El GDU debe apoyar, no sustituir, la planificación pública.

Las simulaciones digitales pueden mejorar la fase de instrucción, el seguimiento y la programación, pero deben vincularse a los instrumentos de planificación y a los procedimientos administrativos previstos por la ley.

1.3.9.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Coordinar el GDU con los planes urbanísticos y sectoriales
Estudio de articulación con planes y programas
Urbanismo, movilidad, medio ambiente, energía
Evaluar los impactos territoriales y ambientales
Informe de impacto o evaluación específica
Servicios técnicos competentes
Activar los procedimientos administrativos necesarios
Conferencias de servicios, dictámenes, autorizaciones
Unidad tramitadora
Usar las simulaciones como apoyo a la instrucción
Informes y escenarios anexos a los actos
Servicios competentes

1.3.10 Fase 9 - Transparencia, participación y rendición de cuentas

La transparencia sirve para hacer comprensibles las finalidades, las tecnologías, los datos y las responsabilidades del GDU.

La participación y la accesibilidad evitan que la innovación produzca exclusión o desconfianza. Los paneles, los cuadros de mando y los canales digitales deben respetar las reglas de accesibilidad y, cuando sea necesario, ir acompañados de modalidades no digitales.

1.3.10.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Publicar la información esencial sobre el proyecto
Sección específica en Administración Transparente o en el sitio institucional
Servicio de comunicación/transparencia
Preparar cláusulas informativas de privacidad claras
Cláusulas informativas conforme a los artículos 12-14 del RGPD
Responsable del tratamiento y DPD
Activar consultas públicas
Actas, informes, aportaciones de las partes interesadas
Servicios competentes
Garantizar el acceso cívico y la accesibilidad
Procedimientos de acceso y verificaciones de accesibilidad
Responsable de transparencia/RTD
Prever canales alternativos no digitales
Procedimientos para usuarios con menor alfabetización digital
Servicios de atención a la ciudadanía

1.3.11 Fase 10 - Seguimiento, evaluación y actualización

El GDU es un sistema dinámico. Las normas, las tecnologías, los datos y las necesidades urbanas cambian: también las valoraciones jurídicas y organizativas deben actualizarse.

El seguimiento continuo no es solo un control de conformidad, sino también una herramienta de mejora progresiva y de rendición de cuentas ante los ciudadanos y los órganos políticos.

1.3.11.1 Lista de comprobación operativa
Actividad
Producto esperado
Responsable por identificar
Definir KPI jurídicos, técnicos y organizativos
Conjunto de indicadores de rendimiento y conformidad
Dirección del proyecto
Realizar auditorías periódicas
Informe de auditoría interna o externa
Órganos de control/servicios competentes
Actualizar la EIPD, la FRIA y las evaluaciones de riesgo
Versiones actualizadas de las evaluaciones
DPD, RUP, seguridad, jurídico
Informar a los órganos políticos
Informes periódicos sobre el estado del GDU
Directivos y dirección del proyecto
Corregir los problemas detectados
Plan de mejora
Responsables de las acciones

1.4 Indicaciones operativas transversales

Las fases descritas más arriba deben gestionarse de forma integrada. Muchas actividades, aunque se sitúen en una fase específica, deben iniciarse con antelación y continuar durante todo el ciclo de vida del GDU.

Los KPI, por ejemplo, no deben definirse solo en el momento del seguimiento: deben fijarse desde el diseño, para orientar objetivos, requisitos, elecciones tecnológicas y criterios de evaluación.

Lo mismo vale para la privacidad, la ciberseguridad, la gobernanza de los datos y la IA: las evaluaciones correspondientes deben actualizarse cada vez que cambien las finalidades, los conjuntos de datos, las tecnologías, los proveedores, los sujetos implicados o los impactos sobre los ciudadanos.

Se recomienda acompañar el presente Vademécum de un cronograma operativo, por ejemplo un diagrama de Gantt, que indique las fases, las dependencias, los responsables, los actos que deben producirse, los plazos y los momentos de verificación. El cronograma debería poner de manifiesto:

1.5 Apéndice operativo: la caja de herramientas

El apéndice ofrece tres herramientas de trabajo para ayuntamientos, redes de ciudades y otros sujetos implicados: una lista de comprobación inicial de autoevaluación, un esquema mínimo de cronograma y un glosario normativo sintético. Las herramientas constituyen una pauta operativa y no sustituyen las valoraciones específicas de cada proyecto.

1.5.1 A. Lista de comprobación inicial de autoevaluación jurídica

Área
Pregunta de verificación
Resultado/acciones
Interés público
¿El GDU se ha motivado y formalizado en un acto de orientación político-administrativa?
Por completar
Base jurídica de la privacidad
¿Se han identificado la base jurídica conforme al artículo 6 del RGPD y la fuente normativa o el acto de la entidad que especifica finalidades, sujetos y datos?
Por completar
Roles de privacidad
¿Se han definido el responsable del tratamiento, los eventuales corresponsables, los encargados y las personas autorizadas?
Por completar
EIPD y FRIA
¿Se han planificado la EIPD y, si es necesario, la FRIA para los sistemas de IA de alto riesgo?
Por completar
Decisiones algorítmicas
¿Se garantizan la cognoscibilidad, la no exclusividad y la no discriminación para los resultados que apoyan decisiones administrativas?
Por completar
Ciberseguridad
¿Se han verificado las obligaciones NIS2/Decreto Legislativo 138/2024, las medidas de riesgo y los procedimientos de notificación?
Por completar
Contratación pública
¿El contrato regula los datos, la portabilidad, la salida, las medidas contra el lock-in, la auditoría, la seguridad y la responsabilidad sobre la IA?
Por completar
Accesibilidad
¿Los paneles y las interfaces respetan la Ley Stanca, la EAA y las directrices de AgID? ¿Se prevén canales alternativos?
Por completar
Cooperación entre ayuntamientos
¿Se han definido la forma jurídica de la cooperación y los estándares comunes?
Por completar
Seguimiento
¿Se prevén KPI, auditorías periódicas e informes a los órganos políticos?
Por completar

1.5.2 B. Esquema mínimo de cronograma

Actividad
T1
T2
T3
T4
Acto de orientación político-administrativa
X
Implicación del DPD, mapeo de los tratamientos, EIPD
X
X
Evaluación conforme al Reglamento de IA, FRIA, elección de tecnologías
X
X
Modelo de gobernanza y actos organizativos
X
X
Procedimiento de adjudicación y contrato
X
X
Transparencia, participación y seguimiento
X
X

1.5.3 C. Glosario normativo sintético

RGPD - Reglamento (UE) 2016/679 y Código en materia de protección de datos personales (Decreto Legislativo n.º 196/2003), adaptado por el Decreto Legislativo n.º 101/2018. Regulación del tratamiento de los datos personales, las bases jurídicas, los derechos de los interesados, la EIPD y las decisiones automatizadas.

Reglamento de IA - Reglamento (UE) 2024/1689. Clasifica los sistemas de IA por nivel de riesgo, distingue entre proveedor y responsable del despliegue y prevé obligaciones específicas para los sistemas de alto riesgo, incluida la FRIA cuando sea aplicable.

Reglamento de Gobernanza de Datos y Reglamento de Datos - Reglamentos (UE) 2022/868 y 2023/2854. Se refieren a la reutilización de los datos públicos protegidos, el intercambio, la portabilidad y el acceso a los datos en determinados contextos.

NIS2 - Directiva (UE) 2022/2555, transpuesta por el Decreto Legislativo n.º 138/2024. Refuerza las obligaciones de ciberseguridad para las administraciones públicas y las entidades esenciales o importantes.

CAD - Decreto Legislativo n.º 82/2005. Regulación de la administración digital, la interoperabilidad, la identidad digital, el domicilio digital, los datos públicos y la reutilización del software.

Algoritmo en la AP - Principios de cognoscibilidad, no exclusividad y no discriminación afirmados por la jurisprudencia administrativa y hoy relevantes también en la regulación de los contratos públicos.

Accesibilidad - Ley n.º 4/2004, Directiva (UE) 2016/2102, Directiva (UE) 2019/882 y directrices de AgID. Imponen la accesibilidad de sitios, aplicaciones, interfaces y servicios digitales públicos.

Esta página es una traducción del original italiano; en caso de discrepancia, prevalece el texto italiano.

Moreno Comelli, Ugo Cortesi, Valentina Colcelli & Alessandra Langella, CNR-IFAC, 2022-2026


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